𝐒𝐄𝐒𝐈𝐎́𝐍 𝐄𝐗𝐓𝐑𝐀𝐎𝐑𝐃𝐈𝐍𝐀𝐑𝐈𝐀 𝐃𝐄 𝐂𝐎𝐍𝐂𝐄𝐉𝐎 𝐍° 𝟬𝟬𝟵-𝟮𝟬𝟮𝟯
De conformidad a lo que establece el Artículo 60 Literal c) del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización; el alcalde Luis Heras Calle convocó a los señores concejales a Sesión Extraordinaria de Concejo, la misma que se desarrolló con el siguiente orden del día:
1. Constatación del Quorum;
2. Apertura de la Sesión;
3. Lectura y aprobación del Acta de Sesión Extraordinaria Nro. 008, de fecha 15 de febrero de 2023; (*)
4. Para Resolución de Concejo, el Oficio Nro. 155-PIOT-GADMP-2023, de fecha 15 de febrero de 2023, suscrito por el Arq. Iván Gomezcoello, Director de Planificación, en el cual solicita sírvase encontrar los documentos habilitantes del Sr. Tomas Oldemar Malucin Paz y la Sra. Lady Elvira Catani Antony, para el PROCESO DE ADJUDICACIÓN del Lote Nro. 06 y 21, de 198.92 m2 y 222.83 m2, ubicado en la LOTIZACIÓN NUEVA ERA, perteneciente a la Parroquia Metzeras, sector urbano La Merced; (*)
5. Para conocimiento y Resolución de Concejo, el Oficio Nro. 015-2023-PS-GADMP, de fecha 22 de febrero de 2023, suscrito por el Dr. Milo Pillacela, Procurador Síndico del GAD Municipal del Cantón Palora, en el cual solicita se proceda a autorizar a los representantes legales del GAD Municipal de Palora, Alcalde y Procurador Síndico, para que en Juicio Contencioso Administrativo Nro. 01803-2021-00381 que se sustancia en los Tribunales Nro. 3 de lo Contencioso Administrativo con Sede en el Cantón Cuenca, de ser el caso, allanarse a la demanda y/o aceptar conciliaciones y/o transigir la misma con fundamento en el literal j) del Art. 331 del Código Organico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, acción que sigue la Sra. Lola María Manosalvas Jaramillo en contra del GAD Municipal de Palora; (*)
6. Para conocimiento y Resolución de Concejo, el Oficio Nro. 049-A-GADMP-2023-OF, de fecha 22 de febrero de 2023, suscrita por el Ing. Luis Heras Calle, Alcalde del GAD Municipal del Cantón Palora, en el cual solicita en su calidad de Alcalde y con fundamento en los incisos cuarto y quinto del Art. 322 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización – COOTAD- solicita al Pleno del Concejo Cantonal de Palora se allane a las observaciones realizadas por esta Autoridad por no estar acorde a la Constitución de la República del Ecuador, ni al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, y ni a la Codificación del Código de Trabajo, según las normas señaladas y conforme a la fundamentación que antecede, la NO APROBACIÓN de las disposiciones transitorias primera y segunda de la ORDENANZA QUE REGULA EL PAGO DE LA PENSIÓN MENSUAL DE JUBILACIÓN PATRONAL EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PALORA, aprobada en segundo debate, por parte del Concejo Municipal, por mayoría simple en la sesión extraordinaria realizada el 15 de febrero del año 2023, o insista en el texto aprobado de la mencionada ordenanza en la sesión extraordinaria de Concejo Municipal de 15 de febrero de 2023, conforme a la normativa señalada. Debiendo quedar el texto de la ORDENANZA QUE REGULA EL PAGO DE LA PENSIÓN MENSUAL DE JUBILACIÓN PATRONAL EN EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PALORA, en los términos aprobados en segundo debate, por parte del Concejo Municipal, por mayoría simple en la sesión extraordinaria realizada el 15 de febrero del año 2023, con las observaciones realizadas, incluido las:”… DISPOSICIONES TRANSITORIAS…”;(*)
7. Clausura.